15.1 Para 2020, velar por la conservación, el restablecimiento y el uso sostenible
de los ecosistemas terrestres y los ecosistemas interiores de agua dulce y los
servicios que proporcionan, en particular los bosques, los humedales, las
montañas y las zonas áridas, en consonancia con las obligaciones contraídas en
virtud de acuerdos internacionales.
15.5 Adoptar medidas urgentes y significativas para reducir la degradación de
los hábitats naturales, detener la pérdida de la diversidad biológica y, para
2020, proteger las especies amenazadas y evitar su extinción.